Publicado el 25/11/2020 Categoría: Actualidad, Ayudas

SODERCAN abre la convocatoria de ayudas directas a la hostelería, turismo y otros sectores afectados por la crisis del Covid-19



El ‘Cheque de Urgencia’ oscila entre 800 y 1.500 euros en función de la actividad; cuenta con un presupuesto de 12,1 millones; y se puede solicitar a partir de mañana y hasta el 28 de diciembre a través del Gestor de Ayudas de SODERCAN

 

SODERCAN ha abierto la convocatoria del denominado ‘Cheque de Urgencia’, consistente en ayudas directas de entre 800 y 1.500 euros a las empresas y autónomos   de la hostelería, el turismo y otros sectores afectados por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, a las que el Gobierno destinará 12,1 millones de euros.

 

Se prevé que estas ayudas llegarán a 7.000 empresarios y autónomos de cafés, bares, restaurantes, establecimientos de ocio nocturno, hoteles, turismo rural y alojamientos extra hoteleros, campings y albergues. Además, también podrán acogerse guías de turismo y agencias de viaje y empresas y autónomos dedicados a la realización de actividades auxiliares de la educación y a la venta ambulante.

 

El plazo de solicitud de estas ayudas de pago único comienza a partir de mañana jueves, 26 de noviembre, y permanecerá abierto durante un mes, hasta el próximo 28 de diciembre, tras la publicación hoy en el BOC extraordinario número 109, del Decreto 88/2020 que regula la concesión directa por SODERCAN de estas subvenciones, que se suman a las ayudas directas al sector del taxi por importe de 500 euros publicadas el pasado lunes.

 

Con el fin de poder contribuir a minimizar los efectos económicos que esta pandemia está causando, la Consejería de Innovación, Industria, Transporte y Comercio, a través de SODERCAN, ha considerado necesario articular el régimen de ayudas establecido por medio de este decreto, para la concesión de subvenciones dirigidas a apoyar el mantenimiento de la actividad del sector de la hostelería y el turismo.

 

Las limitaciones impuestas al ocio nocturno, la supresión de celebraciones de festividades y eventos, el establecimiento del “toque de queda”, entre otras muchas causas que se mantienen en la actualidad, han provocado que estos sectores hayan visto disminuir fuertemente su actividad y sus ingresos.

 

A través del siguiente enlace podrá descargarse el texto de la convocatoria de estas ayudas publicadas en el BOC Extraordinario de hoy: Convocatoria BOC Cheque de Urgencia.

 

La concesión de estas ayudas se articula a través de un procedimiento que permite su concesión directa sin el establecimiento de un orden de prelación ni de prorrateo entre sus solicitantes. De esta forma, el solicitante de estas subvenciones que reúna todas las condiciones para su concesión, por el hecho de reunir los requisitos exigidos y realizar el comportamiento establecido en la norma, adquirirá el derecho a la subvención. La actual coyuntura económica y social aconseja el establecimiento de procedimientos ágiles y eficaces que permitan la rápida percepción de las ayudas por parte de las personas beneficiarias.

 

El importe de la subvención consistirá en una cuantía fija, en función de la actividad que se desarrolle:

 

  • Ocio nocturno: 1.500 euros.
  • Cafeterías y bares: 1.500 euros.
  • Restaurantes: 1.500 euros.
  • Alojamientos hoteleros: 1.500 euros.
  • Alojamientos de turismo rural: 1.500 euros.
  • Campings: 1.500 euros.
  • Albergues turísticos: 1.500 euros.
  • Alojamientos extrahoteleros: 800 euros.
  • Guías de turismo: 800 euros.
  • Turismo activo: 1.000 euros.
  • Organización de congresos: 1.000 euros.
  • Agencias de viajes: 1.000 euros.
  • Actividades auxiliares a la educación: 800 euros.
  • Venta ambulante autorizada: 1.000 euros.

 

Podrán ser beneficiarias las empresas y autónomos, cualquiera que sea su forma jurídica y tamaño, que ejercieran una de estas actividades económicas en Cantabria a la entrada en vigor del Real Decreto 926/2020, de 25 de octubre, o en el caso de los establecimientos de ocio nocturno, a la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y que cumplan los siguientes requisitos:

 

a) Estar al corriente de las obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, la Agencia Cántabra de Administración Tributaria y la Tesorería General de la Seguridad Social.

 

b) En el caso del sector de la hostelería y el turismo, estar inscrito en el Registro General de Empresas Turísticas de Cantabria o en el Registro de Guías Turísticos.

 

c) En el caso del sector de las actividades auxiliares a la educación:

  • disponer de alta en un código CNAE 8559 u 8560
  • no haber podido desarrollar las actividades que estuviesen aprobadas para la semana del 2 al 8 de noviembre de 2020 en relación con el servicio de madrugadores o las actividades extraescolares y complementarias.

 

d) En el caso del sector del comercio ambulante:

  • disponer de alta en un código CNAE 4781, 4782 o 4789
  • tener domicilio en Cantabria y ser titular de una autorización de venta ambulante en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma.

 

Estas subvenciones serán compatibles con cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso procedente de otras Administraciones o entes, públicos o privados, nacionales, o internacionales, salvo las concedidas por la Sociedad Regional de Educación, Cultura y Deporte, S.L. a afectados por la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 en el ámbito de la cultura y el deporte.

 

Las solicitudes podrán presentarse hasta el 28 de diciembre a partir de mañana jueves 26 de noviembre. Se podrá presentar una solicitud por cada establecimiento y/o actividad de hostelería o turística; y por cada empresa o autónomo en el caso de actividades auxiliares a la educación y comercio ambulante.

 

La solicitud deberá presentarse por vía telemática, con arreglo al modelo y siguiendo el procedimiento de tramitación establecido en el Gestor de Ayudas de SODERCAN, al que se accede a través del siguiente enlace: Gestor de Ayudas de SODERCAN.

 

La solicitud deberá ser suscrita por el titular de la actividad mediante certificado digital o firma escaneada del modelo de solicitud.

 

La solicitud también podrá ser presentada y firmada por el representante legal (asesor, gestor, etc.), previa cumplimentación de la correspondiente autorización según modelo descargable en el Gestor de Ayudas de SODERCAN, o a través de cualquier medio válido en derecho que deje constancia fidedigna de su existencia.

 

Excepcionalmente, la solicitud podrá presentarse de manera presencial en las oficinas de SODERCAN, S.A. (C/ Isabel Torres, nº 1, 39011, Santander), siempre que, con carácter previo, se concierte una cita para realizar esta presentación.

 

A través del siguiente enlace podrá descargase una guía resumen elaborada específicamente para estas ayudas: Guía Cheque de Urgencia SODERCAN

 

 

 

Fuente : https://www.sodercan.es/sodercan-abre-la-convocatoria-de-ayudas-directas-a-la-hosteleria-turismo-y-otros-sectores-afectados-por-la-crisis-del-covid-19/

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