Publicado el 23/09/2020 Categoría: Actualidad, Laboral

La empresa dotará de medios al teletrabajador pero la ley deja en el aire el abono de los gastos



La ministra de Trabajo reconoce la “dificultad técnica” de esta normativa y asegura que ha sido el acuerdo más difícil de negociar de los cinco que ya ha pactado

El Gobierno aprobó ayer en el Consejo de Ministros el real decreto-ley del Trabajo a distancia, cuyo texto fue pactado con las organizaciones empresariales CEOE-Cepyme y con los sindicatos CC OO y UGT, tras tres meses de negociaciones. La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, dio ayer las gracias a los agentes sociales por la negociación de esta norma que, según dijo, ha sido “la más difícil y más compleja” de los cinco acuerdos que ya se han firmado en materia sociolaboral, por su “dificultad técnica”.

De hecho esta complejidad en la redacción del texto se deja sentir desde su primera lectura. Para empezar la norma regulará el teletrabajo sólo de aquellos que lo desempeñen “regularmente”. Esto es, quienes teletrabajen “en un periodo de referencia de tres meses, un mínimo del 30% de la jornada, o el porcentaje proporcional equivalente en función de la duración del contrato de trabajo”. De esta manera, quedan fuera de la norma los teletrabajadores ocasionales o aquellos que, por ejemplo, solo teletrabajen un día a la semana (20% de la jornada). Pero esta norma también deja fuera a otro colectivo: los empleados que teletrabajen como medida de contención sanitaria derivada de la pandemia de Covid-19 y no como una decisión organizativa de la empresa. “Al trabajo a distancia implantado excepcionalmente en aplicación del artículo 5 del Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, o como consecuencia de las medidas de contención sanitaria derivadas de la Covid-19, y mientras estas se mantengan, le seguirá resultando de aplicación la normativa laboral ordinaria”, dice la disposición transitoria tercera del texto, que ha sido la más difícil de pactar.

 

Si bien, la nueva norma sí obliga a que también en estos casos de teletrabajo por Covid-19, las empresas cumplan con dos de las obligaciones que la ley fija en el articulado para el trabajo a distancia estructural, cuando no se deba a la pandemia: la dotación de los medios necesarios para el trabajo a distancia y la compensación de los gastos derivados de su actividad.

 

Fuente: Cinco dias. Mas informacion.

 

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