El Consejo de Gobierno, en una reunión extraordinaria presidida por el vicepresidente y consejero de Universidades, Igualdad, Cultura y Deporte, Pablo Zuloaga, ha aprobado hoy sendos decretos de ayudas a pequeñas empresas del sector turístico y a las de transporte de viajeros por carretera para contribuir a paliar el impacto económico derivado de la crisis sanitaria del COVID 19.
Por un lado, la Consejería de Educación, Formación Profesional y Turismo regula las ayudas a autónomos, microempresas y pequeñas empresas del sector turístico a las que destina 2.000.000 euros.
Por otro, en el ámbito de la Consejería de Innovación, Industria, Transportes y Comercio se ha aprobado el decreto por el que se destinan 650.000 euros a paliar el déficit de explotación que han tenido las empresas de transporte en los servicios públicos regulares de transporte de viajeros por carretera durante el estado de alarma.
Consejería de Educación, Formación Profesional y Turismo
El decreto regula la concesión directa de subvenciones a autónomos, microempresas y pequeñas empresas del sector turístico para contribuir a paliar el impacto económico derivado de la crisis sanitaria del covid-19 y a recuperar sus niveles de actividad empresarial previos.
La cuantía de las ayudas es de 350 euros para empresarios autónomos o individuales; de 450 euros para aquellas con cinco o menos trabajadores y, para empresas de entre seis y 15 trabajadores (ambos inclusive) las ayudas serán de 650 euros.
Tal y como explica la consejera, Marina Lombó, esta línea de ayudas de carácter extraordinario, incluida en el Plan de Choque del Gobierno de Cantabria frente al COVID 19, trata de dar apoyo económico a los autónomos y las pequeñas empresas para que puedan mantener su estructura y plantilla hasta que recuperen los niveles de actividad previos a la crisis.
Para Lombó, el contexto de excepcionalidad derivado de la grave situación sanitaria ha tenido efectos muy negativos en un sector cuya actividad representa cerca del 12 por ciento del PIB de Cantabria.
Además, la consejera ha señalado que estas ayudas buscan apoyar a aquellas empresas que, aunque hayan reanudado su actividad, tendrán peores márgenes de rentabilidad dado que han de ceñirse a las restricciones impuestas por las autoridades sanitarias.
Consejería de Innovación, Industria, Transportes y Comercio
El decreto tiene por objeto regular la concesión directa de subvenciones destinadas a cubrir el déficit de explotación de las empresas en la prestación de servicios públicos regulares de transporte de viajeros por carretera, de uso general y permanente de titularidad autonómica, durante la vigencia del estado de alarma.
Según explica el consejero, Francisco Martín, su departamento destina 650.000 euros, un “esfuerzo” que es de “vital importancia” para el mantenimiento de los servicios públicos y “la supervivencia de las empresas y del empleo que generan”.
Según Martín, la crisis sanitaria y las medidas de restricción de la movilidad han tenido un “impacto sin precedentes” en la demanda de transporte, con efectos directos sobre la oferta y, con ello, en el equilibrio económico de los operadores.
Al tiempo que el Ejecutivo trabaja por mantener una oferta de transporte que garantice el “equilibrio territorial”, Francisco Martín ha explicado que los prestadores del servicio han de limitar la ocupación de los vehículos, y, por tanto, el ingreso, así como realizar inversiones y asumir costes adicionales para preservar la salud de viajeros y trabajadores, estableciendo unas condiciones no recogidas en los pliegos concesionales en virtud de los cuales se presta el servicio de transporte.
Con estas ayudas, ha señalado Martín, se trata de preservar el “interés general” de la continuidad de unos adecuados servicios públicos de transporte en condiciones sanitarias seguras, compensando a los operadores por la prestación de dichos servicios durante la vigencia del estado de alarma.
Por ello, el importe de la subvención servirá para sufragar el déficit de explotación originado por gastos imprescindibles en los servicios objeto de subvención durante la vigencia del estado de alarma y podrá alcanzar, como máximo, el 100 por cien del déficit. El importe se determinará en función del coste del servicio del que se deducirá el ingreso obtenido.
En ningún caso el coste máximo subvencionable por kilómetro rodado del servicio podrá superar los 1,80 €/km para los servicios en áreas urbanas y suburbanas (considerando como tales aquellos servicios prestados en un radio de 15 kilómetros de poblaciones de más de 25.000 habitantes) y 1,40 €/km en el resto de los servicios, independientemente del número de plazas del vehículo con el que se realice el servicio.
El importe de la subvención se calculará en función de los costes directos del personal de conducción y los costes variables (combustible, lubricante, neumáticos, reparación y conservación de vehículos y las cuantías de desinfección e higiene. En cuanto a los costes indirectos, se tendrán en cuenta los gastos generales de comunicación, personal de oficina, adquisición de mascarillas, geles o tasas de estación durante el periodo de alarma.