Publicado el 13/05/2020 Categoría: Actualidad

El Ministerio del Interior establece restricciones en las fronteras interiores en puertos y aeropuertos



El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, ha dictado una orden por la que se establecerán a partir del próximo viernes 15 de mayo restricciones de entrada en territorio nacional en las fronteras interiores en puertos y aeropuertos (para vuelos y barcos con origen en países del espacio Schengen).

Estas restricciones se suman a las adoptadas ya en las fronteras terrestres con Francia y Portugal y a las restricciones de entrada de viajeros por las fronteras exteriores (con origen en países de fuera del espacio Schengen) en puertos y aeropuertos.

En virtud de la orden que ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado, a partir de las 00.00 horas del 15 de mayo solo podrán acceder a territorio nacional por las fronteras interiores en puertos y aeropuertos:

  1. Ciudadanos españoles.
  2. Residentes en España, debiendo acreditar su residencia habitual.
  3. Trabajadores transfronterizos.
  4. Profesionales sanitarios o del cuidado de mayores que se dirijan a ejercer su actividad laboral.
  5. Aquellas que acrediten documentalmente causas de fuerza mayor o situación de necesidad.

También podrán acceder por estas fronteras el personal extranjero acreditado como miembro de las misiones diplomáticas y las personas que se trasladen a España por “motivo exclusivamente laboral, siempre que se acredite documentalmente”.

Asimismo, con el fin de asegurar la continuidad de la actividad económica y de preservar la cadena de abastecimiento, estas medidas no serán aplicables “al transporte de mercancías, incluyendo los tripulantes de los buques, a fin de asegurar la prestación de los servicios de transporte marítimo y la actividad pesquera, y el personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo comercial”.

Esta medida entrará en vigor a las 00.00 horas del próximo 15 de mayo y estará vigente hasta las 24.00 horas del 23 de mayo, sin perjuicio de posibles prórrogas.

Más información : https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/interior/Paginas/2020/120520-restricciones.aspx

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