El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, ha dictado una orden por la que se establecerán a partir del próximo viernes 15 de mayo restricciones de entrada en territorio nacional en las fronteras interiores en puertos y aeropuertos (para vuelos y barcos con origen en países del espacio Schengen).
Estas restricciones se suman a las adoptadas ya en las fronteras terrestres con Francia y Portugal y a las restricciones de entrada de viajeros por las fronteras exteriores (con origen en países de fuera del espacio Schengen) en puertos y aeropuertos.
En virtud de la orden que ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado, a partir de las 00.00 horas del 15 de mayo solo podrán acceder a territorio nacional por las fronteras interiores en puertos y aeropuertos:
- Ciudadanos españoles.
- Residentes en España, debiendo acreditar su residencia habitual.
- Trabajadores transfronterizos.
- Profesionales sanitarios o del cuidado de mayores que se dirijan a ejercer su actividad laboral.
- Aquellas que acrediten documentalmente causas de fuerza mayor o situación de necesidad.
También podrán acceder por estas fronteras el personal extranjero acreditado como miembro de las misiones diplomáticas y las personas que se trasladen a España por “motivo exclusivamente laboral, siempre que se acredite documentalmente”.
Asimismo, con el fin de asegurar la continuidad de la actividad económica y de preservar la cadena de abastecimiento, estas medidas no serán aplicables “al transporte de mercancías, incluyendo los tripulantes de los buques, a fin de asegurar la prestación de los servicios de transporte marítimo y la actividad pesquera, y el personal aeronáutico necesario para llevar a cabo las actividades de transporte aéreo comercial”.
Esta medida entrará en vigor a las 00.00 horas del próximo 15 de mayo y estará vigente hasta las 24.00 horas del 23 de mayo, sin perjuicio de posibles prórrogas.