Publicado el 30/04/2021 Categoría: Actualidad, Ayudas

Los autónomos pueden solicitar hasta 6.000 euros en ayudas para consolidar el empleo



 

 

 

La Dirección General de Trabajo abre una convocatoria de ayudas dirigidas a trabajadores autónomos que tengan una antigüedad de entre 3 y 5 años

 

 

 

La Dirección General de Trabajo de la Consejería de Empleo y Políticas Sociales ha publicado hoy en el BOC la nueva Orden de ayudas destinadas al mantenimiento del empleo autónomo, por un montante total de 3 millones de euros que servirán para consolidar los proyectos que tengan una antigüedad de entre 3 y 5 años.

 

“El objetivo de esta línea de ayudas es promover acciones que impulsen la consolidación de las iniciativas empresariales, el espíritu empresarial y el autoempleo, favoreciendo la continuidad de las microempresas de la región”, ha explicado la consejera Ana Belén Álvarez.

 

La titular de Empleo ha señalado que este programa se hace hoy “más necesario que nunca” debido a las dificultades que la pandemia está provocando para poder desarrollar la actividad económica con normalidad y, por ello, ha animado a los autónomos a solicitar esta ayuda que puede ascender hasta 5.950 euros por trabajador.

 

El director general de Trabajo, Gustavo García, ha explicado que los destinatarios de estas ayudas son los autónomos con menos de 9 trabajadores a su cargo, que tengan un negocio con una antigüedad entre 3 y 5 años, así como mutualistas de colegios profesionales de Cantabria. Según ha indicado, el plazo de presentación de las solicitudes es de 20 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la convocatoria.

 

El director general confía en que la subvención, que puede ascender hasta un máximo de 5.950 euros en sectores prioritarios que promuevan una transformación verde, digital, inclusiva y social de la economía y un mínimo de 2.750, ayude a estos emprendedores “a seguir adelante en sus respectivos negocios y les permita afrontar con mejores expectativas la situación de alerta sanitaria”.

 

El procedimiento de concesión de estas ayudas será en régimen de concurrencia competitiva, y para su concesión se tendrán en cuenta los principios de publicidad, igualdad y objetividad. Para su concesión se atenderá a la prelación temporal de la solicitud, completa y conforme, hasta el agotamiento del crédito presupuestario.

 

 

Solicitudes

 

El plazo de presentación de solicitudes para estas ayudas es de 20 días hábiles, contados a partir de hoy. Las solicitudes de subvención, acompañadas de la documentación requerida, se formularán en modelo oficial, que se  podrá conseguirse en la página Web de la Dirección General de Trabajo (www.dgte.cantabria.es).

 

Estarán dirigidas a la Consejera de Empleo y Políticas Sociales y se presentarán en el Registro delegado de la Dirección General de Trabajo (Hernán Cortes 9, planta baja, Santander), o en cualquiera de los registros que recoge la actual normativa.

Boletín Oficial de Cantabria : Fecha BOC: 2904/2021 Enlace BOC

 

 

Fuente : https://www.cantabria.es/web/comunicados/detalle/-/journal_content/56_INSTANCE_DETALLE/16413/14149577

Comparte esto