Publicado el 3/02/2021 Categoría: Actualidad, Acuerdos Consejo de Ministros

El Gobierno aprueba medidas para reducir la brecha de género y la exclusión social y reconoce el COVID como enfermedad profesional a algunos colectivos



 

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley con nuevas medidas económicas y sociales que recoge actuaciones en cuatro ámbitos y tiene como objetivo disminuir la brecha de género y las desigualdades sociales, mejorar la situación de los colectivos más vulnerables y la cobertura de los profesionales sanitarios

 

Complemento para reducir la brecha de género en las pensiones

El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, ha explicado que el complemento de pensiones vinculado a la maternidad y paternidad sustituye al actual complemento de maternidad, que perciben las mujeres con dos hijos. Su finalidad es reducir al 5% la brecha de género en las pensiones, que se sitúa en torno al 30%.

 

Escrivá ha indicado que la brecha de género se produce tras el nacimiento del primer hijo, momento en el que el progenitor, en un 98% de los casos mujeres, se encarga de cuidarlo en detrimento de su carrera profesional con la consiguiente pérdida de ingresos.

 

El ministro ha informado de que el nuevo complemento podrán solicitarlo tanto los hombres como las mujeres, siempre y cuando acrediten que han perdido ingresos. Además, se podrá solicitar a partir del primer hijo.

 

José Luis Escrivá ha concretado que se establece una cantidad fija de 400 euros por hijo y calcula que 30.000 mujeres se beneficiarán de él este año. Como ejemplo, ha señalado que, en la actualidad, una mujer con dos hijos y una pensión media cobra un 5% más. Con el nuevo complemento, percibirá entre un 6% y un 8% más.

Acceso al Ingreso Mínimo Vital

La nueva norma incorpora medidas para facilitar el acceso al Ingreso Mínimo Vital (IMV) a las personas sin hogar y a otros colectivos vulnerables. Esta prestación se dirige a las personas que viven solas o están integradas en una unidad de convivencia y carecen de recursos económicos para cubrir sus necesidades básicas.

 

Escrivá ha señalado que se han rechazado unas 60.000 peticiones porque los solicitantes no acreditan su unidad de convivencia. En algunos casos, ha añadido, los destinatarios de la prestación ni siquiera las solicitan.

 

El ministro ha destacado que las personas que viven en albergues o casas de acogida, y estén registrados, podrán solicitar el IMV. Además, la medida flexibiliza el concepto de unidad de convivencia para que mayor número de hogares puedan acceder a la prestación. Cuando la persona que se ha quedado sin vivienda comparta piso o vaya a vivir con un familiar de forma transitoria se considerará su situación preexistente y no supondrá una renta agregada a la unidad familiar.

 

Además, la iniciativa posibilitará que los servicios sociales y las entidades del tercer sector puedan acreditar situaciones excepcionales de personas sin hogar o en riesgo de exclusión social.

COVID, como enfermedad profesional

El ministro también ha resaltado que la norma aprobada hoy reconoce el COVID-19 como enfermedad profesional a aquellos trabajadores sanitarios y sociosanitarios que han contraído el virus en el ejercicio de su profesión.

Prórroga de solicitud de moratorias financieras

Un cuarto ámbito contemplado en el Real Decreto-ley es el de la ampliación de la cobertura y los plazos de solicitud de las moratorias financieras para paliar los efectos económicos de la COVID-19.

 

Hasta el 30 de marzo de este año, los hogares, trabajadores autónomos vulnerables y empresas de los sectores del turismo y el transporte podrán solicitar el aplazamiento, hasta un total de nueve meses, del pago del principal y los intereses de sus préstamos con y sin garantía hipotecaria.

 

La vulnerabilidad para personas o autónomos viene definida por cuatro situaciones, que deben ser concurrentes. La primera, que esté desempleado, o, en el caso de los autónomos, tener una caída en sus ventas de al menos el 40%. La segunda, que el conjunto de los ingresos no supere el límite de tres veces el IPREM en el mes anterior a la solicitud de la moratoria. La tercera, que la cuota de préstamos hipotecarios, más los gastos y suministros básicos, sobrepasen el 35% de los ingresos familiares. Finalmente, que como consecuencia de la emergencia sanitaria, que el esfuerzo que represente la carga hipotecaria sobre la renta familiar se haya multiplicado por 1,3%.

 

En el caso de los créditos hipotecarios, podrán solicitar una moratoria quienes estén pagando cuotas hipotecarias por la adquisición de su vivienda habitual, local en el que desarrollen su negocio o vivienda destinada al alquiler y hayan dejado de percibir cuotas de su inquilino debido al estado de alarma.

 

Las empresas dedicadas al transporte público de mercancías y transporte discrecional de viajeros en autobús podrán aplazar los pagos del principal de las cuotas de sus préstamos, ‘leasing’ o ‘renting’ de vehículos.

 

La ministra de Hacienda y portavoz del Gobierno, María Jesús Montero, ha señalado que estas medidas pretenden seguir aliviando la situación de muchos hogares y del tejido productivo y empresarial más afectado por la pandemia. Los datos, ha asegurado, demuestran que son “útiles y eficaces”. Hasta el 31 de diciembre de 2020, se concedieron 1.380.585 moratorias y las entidades financieras han concedido, al amparo de sus convenios sectoriales, el aplazamiento del pago del principal de 794.386 préstamos.

 

Fuente : https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/resumenes/Paginas/2021/020221-cministros.aspx

 

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