Ayudas para los autónomos afectados por el coronavirus
Hay dos tipos de ayudas o prestaciones para los trabajadores por cuenta propia afectados por la crisis del coronavirus, según la situación en la que se encuentren:
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A) Autónomo que no puede trabajar por encontrarse de baja médica por contagio de coronavirus o por aislamiento obligatorio.
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B) Autónomo que se ha quedado sin negocio, clientes e ingresos como consecuencia de la declaración del Estado de Alarma y las restricciones a la actividad económica y el desplazamiento.
A) Prestación por Incapacidad Temporal para autónomos afectados por Incapacidad Temporal
Cuando el trabajador autónomo está de baja (Incapacidad Temporal) por estar contagiado por el coronavirus o ser sometido a aislamiento obligatorio, puede solicitar la prestación por Incapacidad Temporal (IT), que se paga desde el primer día de baja, sin necesidad de cotizaciones previas y por un importe del 75% de la base de cotización.
B) Prestación extraordinaria por cese de actividad del autónomo
Se trata de una ayuda para autónomos por pérdida de actividad, negocio o clientes como consecuencia del coronavirus
Esta prestación extraordinaria está incluida en el Real Decreto-ley 8/2020 (art. 17) de medidas excepcionales contra la crisis económica del coronavirus.
- Solicitud de subvención para el mantenimiento de empleo autónomo (ORDEN HAC/14/2019) : Solicitud rellenable Mantenimiento empleo autónomo 2019 INT-06-042
- Publicación : BOE-A-2020-3824de medidas urgentes extraordinarias
- Preguntas y respuestas sobre las medidas para autónomos : ATA-Preguntas-covid-19-1




